Embajada de la Republica Bolivariana de Venezuela en la Republica de Turquia
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Difuntos

Requisitos:

  1. Obtener el certificado de defunción, legalizarlo y presentarlo por sextuplicado al Consulado.
  2. Obtener de la agencia funeraria el certificado que la autoriza para actuar como embalsamadores y legalizar tres copias y presentarlas al Consulado de Venezuela.
  3. La urna debe ir dentro de una caja de metal sellada y ambas dentro de una caja de madera.
  4. Certificado de Tránsito, legalizado por el Consulado de Venezuela, debe ir fijado en la parte de afuera de la caja de madera. Tres copias deben ser firmadas por el representante del Departamento de Estadísticas vitales del respectivo Estado
  5. Agencia Funeraria debe presentar al Consulado para su debida legalización, el certificado que la autorice para actuar como embalsamadores. Tres copias, estas copias deben estar notariadas y certificadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Turquía.
  6. El Certificado de Defunción debe ser presentado al Consulado de Venezuela por sextuplicado. Tres copias legalizadas se le devuelven al interesado y las otras tres, legalizadas, se enviarán al Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela, junto con la participación oficial de defunción de un venezolano. Estas copias deben ser firmadas por el representante del Departamento de Estadísticas Vitales, del respectivo Estado
  7. El interesado o la persona que reciba el cadáver en Venezuela, debe presentar a las autoridades los documentos siguientes:
  • Certificado de Defunción, legalizado
  • Certificado de Tránsito, legalizado
  • Certificado de Autorización, legalizado

 

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Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía.

Hilal Mahallesi, Hollanda Caddesi, 696. Sokak, No:20/A, 06550, Yıldız, Çankaya - Turquía

Teléfonos: 0090 (312) 441 21 45 - 441 21 49 (Central)

Fax: 0090 (312) 440 67 55

Fax Embajador: 0090 (312) 440 67 43

Correos Electrónicos:
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