Documentos que requieren certificación
La Certificación consiste en verificar el sello de la autoridad competente que expide el documento.
Los siguientes certificados comerciales pueden ser legalizados ver enlace o certificados, según sea el interés del solicitante.
- Certificado Fitosanitarios
- Certificado de Análisis
- Certificado de Antigüedad
- Certificado de Calidad
- Certificado de Envejecimiento
- Certificado de Libre Contaminación
- Certificado de Libre Venta
- Certificado de Origen
- Certificado de Patente de Invención
- Certificado de Pureza
- Certificado de Sanidad Animal
- Certificado de Sanidad Vegetal
- Certificado Libre de Radioactividad
- Certificado para el Consumo Humano
- Certificados de Uso
- Certificado de Uso Menaje de Casa
- Certificado de Uso Vehículo
¿Cuáles son los requisitos?
- Presentar en original el documento respectivo a la Sección Consular, debidamente sellado por la Cámara de Comercio turca.
- Deberá retirar de la Sección Consular el talonario de depósito correspondiente para la cancelación de la actuación consular realizada.
- En caso de exportación de animales domésticos (gatos, perros,etc.) deben comunicarse con el Departamento de Ambiente del Ministerio de Salud turco, para la documentación correspondiente para su futura certificación en esta Sección Consular, cumpliendo los requisitos anteriormente señalados.
¿Cómo efectuar la solicitud?
Usted podrá hacer la solicitud de certificación enviando por correo los recaudos, que incluyan una carta solicitando la emisión de dicha constancia, acompañada de un sobre con la dirección de retorno del documento y las estampillas del importe de correo correspondiente, el cual podrá adquirir en la oficina de correo más cercana; o presentarse personalmente en la sede de esta Sección Consular, en los horarios de atención al público.
Certificado de Uso Menaje de Casa
El Certificado de Uso Menaje de Casa se otorga a venezolanos que han permanecido por un periodo mínimo de seis meses en la República de Turquía, de manera legal.
¿Cuáles son los requisitos?
- Presentar la planilla de Certificado de Uso Menaje de Casa (original y 5 copias) la cual puede verse, imprimirse y llenarse con letra imprenta siguiendo este enlac. El único requerimiento para poder utilizar esta planilla es que usted tenga en su computadora el programa ADOBE ACROBAT READER. Lo puede conseguir absolutamente gratis siguiendo este enlace
- Lista original detallada con seis (6) fotocopia de todos los efectos personales usados, se agradece que la misma sea enviada en letra imprenta, legible e impresa.
- Seis (6) fotocopia de las primeras páginas de su pasaporte (donde se encuentren sus datos personales y visado). Su pasaporte debe estar vigente; en caso contrario, ver enlace requisitos para renovación y prórrogas de pasaportes. En caso de poseer doble nacionalidad, artículo 34 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, usted deberá anexar fotocopia de dicho pasaporte a los fines de constatar su residencia legal.
- Deberá retirar de la Sección Consular el talonario de depósito correspondiente para la cancelación de la actuación consular realizada.
- El costo de Derechos Consulares es $70,00.
¿Cómo efectuar la solicitud?
Usted deberá presentarse personalmente en la sede de esta Sección Consular, en los horarios de atención al público o enviar por correo, una carta solicitando la emisión de dicha constancia, acompañada de un sobre con la dirección de retorno del documento y las estampillas del importe de correo correspondiente, el cual podrá adquirir en una oficina de Correo más cercana.
Certificado de Uso Vehículo
El Certificado de Uso Vehículo se otorga a venezolanos que han permanecido por un período mínimo de seis meses en la República de Turquía, de manera legal.
Los vehículos para el transporte de personas que ingresen al país bajo este régimen, estarán liberados del pago de impuestos de importación, es decir, sólo deberán cancelar el monto de la tasa por servicios de aduanas, equivalente al uno por ciento sobre el valor CIF del vehículo, siempre que su valor en estado nuevo no supere en moneda nacional al equivalente a veinte mil ($ 20.000) dólares americanos; en cuyo caso deberán cancelar además del impuesto previsto en el Arancel de Aduanas, 35% ad valorem sobre el valor CIF del vehículo.
¿Cuáles son los requisitos?
- Presentar la planilla de Certificado de Uso Vehículo (original y 5 copias) la cual puede verse, imprimirse y llenarse con letra imprenta siguiendo este enlace. El único requerimiento para poder utilizar esta planilla es que usted tenga en su computadora el programa ADOBE ACROBAT READER. Lo puede conseguir absolutamente gratis siguiendo este enlace
- Adjuntar a la planilla, en original la factura de compra del vehículo o documentos sustitutivos de la compra-venta del respectivo país, expedido con no menos de once (11) meses antes del ingreso del pasajero al país.
- Seis (6) fotocopia de la primera páginas de su pasaporte (donde se encuentren sus datos personales y visado). Su pasaporte debe estar vigente; en caso contrario, ver requisitos para renovación y prórrogas de pasaportes. En caso de poseer doble nacionalidad, establecido en el artículo 34 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, usted deberá anexar fotocopia de dicho pasaporte a los fines de constatar su residencia legal.
- Deberá retirar de la Sección Consular el talonario de depósito correspondiente para la cancelación de la actuación consular realizada.
¿Cuáles son los requisitos que usted debe cumplir?
Para legalizar un Certificado de Uso, usted debe cumplir las siguientes condiciones:
- Cada pasajero sólo podrá introducir formando parte de su equipaje, un vehículo sin restricción en cuanto a marca y modelo.
- El pasajero debe ser mayor de edad y haber permanecido en el exterior por un período no menor de un (1) año, pudiendo dicho lapso haber sido interrumpido, por cortas salidas y entradas.
- El vehículo debe ser propiedad y de uso personal del pasajero.
- Los vehículos que ingresen bajo este régimen, no podrán ser cedidos ni traspasados dentro de un lapso de tres (3) años, contados a partir de la nacionalización del mismo. Igualmente, bajo este régimen no podrán introducir otro vehículo al país, sino después de transcurridos tres (3) años.
¿Cómo efectuar la solicitud?
Usted deberá presentarse personalmente en la sede de esta Sección Consular, en los horarios de atención al público; o enviar por correo, una carta solicitando la emisión de dicha constancia, acompañada de un sobre con la dirección de retorno del documento y las estampillas del importe de correo correspondiente, el cual podrá adquirir en una oficina de Correo más cercana. |