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Visas

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     » Visa Transeúnte de familiar
     » Visa Transeúnte religioso
     » Visa Transeúnte de reingreso
     » Visa Transeúnte de empleado doméstico

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Visa de Turismo

¿Quienés pueden solicitar la Visa de Turismo?

La visa de turismo se otorgará a quien desee ingresar al país con fines de recreo, salud o actividades, que no involucre remuneración o lucro, tales como: culturales; artísticas; científicas; deportivas; de contacto con empresas radicadas en el país o con personas del sector público o privado; o periodística para eventos especiales.

La visa de turismo tiene una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá permanecer en el país por un período de hasta noventa (90) días, prorrogable por igual lapso a juicio del Ministerio del Interior y Justicia.

Se exceptuarán de esta Resolución los turistas y los pasajeros de embarcaciones deportivas, que sean nacionales de los países beneficiarios de la Tarjeta de Turismo DEX-2. Será otorgada por las agencias de viajes y las empresas transportadoras de pasajeros autorizadas por la Corporación de Turismo de Venezuela. Se emite por noventa (90) días improrrogables, una sola entrada.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse en letra de imprenta siguiendo este enlace
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Traer una carta de trabajo actualizada, indicando la fecha que ingresó en la compañía, posición y salario.
  • Presentar el estado de su cuenta bancaria del último mes o una carta emitida por su banco donde se muestre el balance actual de su cuenta.
  • Depositar la cantidad de $30,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.
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Tarjeta de Turismo (DEX-2) 

¿Dónde solicitar la tarjeta de turismo?

Estas serán entregadas por las líneas aéreas comerciales. Son válidas para una entrada y tienen una duración de 90 días de estadía en Venezuela.

¿Quienes pueden solicitar la Tarjeta de Turismo?

Los ciudadanos nacionales de los siguientes países pueden ingresar con una tarjeta de turismo (DEX-2) a la República Bolivariana de Venezuela:

Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Neerlandesas, Aruba, Australia, Argentina, Austria, Barbados, Bélgica, Belice, Brasil, Canadá, Costa Rica, Chile, Dinamarca, Dominica, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Grenada, Guatemala, Hong Kong, Irlanda, Islandia, Italia, Jamaica, Japón, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, México, Mónaco, Malasia, Noruega, Nueva Zelandia, Paraguay, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Sud Africa, San Cristóbal y Nevis, Santa Lucía, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Suecia, Suiza, Taiwan, Trinidad y Tobago, Turquía y Uruguay.

¿Quiénes NO pueden solicitar la Tarjeta de Turismo?

Los nacionales de España, Portugal y Francia no requieren visa para viajar a la República Bolivariana de Venezuela.

Asimismo, los nacionales procedentes de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú no requieren visado en calidad de turista. Para viajar a la República Bolivariana de Venezuela usted deberá tener su pasaporte con vigencia mínimo de 6 meses, boleto aéreo ida y vuelta y constancia de reservación del hotel donde se hospedara o en su defecto, carta de invitación notariada que contenga los datos de la persona que hace la invitación, dirección y teléfono.

 

 
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Visa Tránsito 

¿Quiénes pueden solicitar la Visa de Tránsito?

Se otorgará a toda persona no migrante, que ingrese o cruce el territorio nacional para dirigirse a otro país.

¿Tiempo de permanencia permitido por la visa de tránsito?

La visa de Viajero de Tránsito se otorgará por setenta y dos (72) horas, una sola entrada, a menos que el pasaje confirmado indique que al regreso a su país de origen, de domicilio o residencia deberá hacer tránsito nuevamente en territorio venezolano, en tal caso, se otorgará por dos entradas y se podrá permanecer hasta setenta y dos (72) horas, por cada entrada.

Se exceptuarán de esta Resolución los turistas y los pasajeros de embarcaciones deportivas, que sean nacionales de los países beneficiarios de la Tarjeta de Turismo DEX-2. Será otorgada por las agencias de viajes y las empresas transportadoras de pasajeros autorizadas por la Corporación de Turismo de Venezuela. Se emite por noventa (90) días improrrogables, una sola entrada.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse a letra imprenta siguiendo este enlace
  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Presentar el boleto aéreo donde indique la continuación de su viaje a un tercer país y la confirmación del vuelo por escrito expedida por la línea aérea respectiva. Si usted va piloteando su barco necesita presentar su cédula marina o si va piloteando un avión necesita presentar su carnet de piloto.
  • Depositar la cantidad de $30,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

¿Como efectuar la solicitud?

Para la solicitud de visa de tránsito será requisito obligatorio la presencia del solicitante en esta Sección Consular.




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Visa Transeúnte de Negocios 

Se otorgará a comerciantes, ejecutivos, representantes de empresas o industrias y microempresarios, no migrantes, que deseen ingresar al país para realizar actividades y/o transacciones comerciales, mercantiles, financieras u otra actividad lucrativa legal relacionada con sus negocios. La visa de Transeúnte de Negocios se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá permanecer en el país por un período de hasta ciento ochenta (180) días. Agotado dicho término no habrá prórroga para permanecer en el país.

Requisitos:

  • Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse siguiendo este enlace
  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Carta de la empresa donde usted trabaja, suscrita por el interesado o empresa a cuyo cargo viaje su representante, indicando dirección de la empresa o persona a ser contactada en Venezuela, igualmente explicando el motivo del viaje y responsabilizándose por la estadía del solicitante en territorio venezolano.
  • Se exigirá Registro mercantil o de comercio de la empresa, Carta de la Asociación de Comercio o industria correspondiente.
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

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Visa Transeúnte Inversionista  

Se otorgará a personas que demuestren poseer empresas a través de documento fehaciente, así como, que se han establecido los contactos y que la inversión ha sido aceptada por los organismos oficiales venezolanos correspondientes.

Requisitos:

Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse siguiendo este enlace

  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

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Visa Transeúnte Empresario / Industrial  

Se otorgará a persona que demuestren poseer empresas o industrias, radicadas en el lugar de su domicilio o que tengan filiales en territorio venezolano y que viajen a ésta en actividades relacionadas con las mismas.

Requisitos:

  • Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse siguiendo este enlace.  
  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

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Visa Transeúnte Laboral  

La Visa de Transeúnte Laboral se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá una permanencia por igual período. Podrá ser prorrogado en el país por el Ministerio del Interior y Justicia por igual término, previa ratificación de la autorización laboral por parte del Ministerio del Trabajo.

Será de la competencia del Ministerio del Interior y Justicia, previa conformidad del Ministerio del Trabajo, la autorización del Visado de Transeúnte Laboral, a solicitud de la empresa contratadora del servicio (os) del solicitante de la visa laboral.

Se otorgará a aquellas personas, que previa contratación de una empresa o persona solicitante en Venezuela van a prestar un servicio como trabajador permanente hasta el cese del contrato.

Se exceptúan los artistas, corresponsales de prensa extranjera y deportistas en actividades lucrativas, cuyos representantes en territorio venezolano deberán obtener solamente autorización del Ministerio del Interior y Justicia, el cual establecerá las condiciones del visado y el término de permanencia.

Requisitos:

Una vez aprobado el permiso de trabajo por las autoridades competentes venezolanas usted deberá presentarse a esta Sección Consular a solicitar su visado con los siguientes recaudos:

  • Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse a letra de imprenta siguiendo este enlace
  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Autorización de la Dirección General Sectorial de Extranjería.
  • Una (1) fotocopia del contrato de trabajo.
  • Copia certificada del permiso laboral expedido por el Ministerio del Trabajo de la República Bolivariana de Venezuela. Se exceptúan los artistas, corresponsales de prensa extranjera y deportistas en actividades lucrativas.
  • Una (1) fotocopia de los títulos, diplomas o certificados universitarios que comprueben la profesión de la visa autorizada a fin de avalar su condición laboral.
  • Carta de antecedentes penales.
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

Nota: El cónyuge, hijos menores de dieciocho (18) años de edad, progenitores y padres políticos del solicitante de la visa de Transeúnte Laboral tienen que aplicar por una visa de Transeúnte Familiar antes de trasladarse al país a establecerse con él.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

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Visa Transeúnte Rentista 

La Visa de Transeúnte Rentista se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, con igual término de permanencia. Vencido el mismo, podrá ser prorrogado por términos iguales por el Ministerio del Interior y Justicia previa justificación de que subsisten las fuentes de ingresos extranjeros.

Se otorgará a personas no migrantes, que vivan de sus rentas lícitas o pensión, con ingreso mensual equivalente a US$ 1,200.00, generados en el exterior. Cuando viaje acompañado por miembros de su familia deberá comprobar además, poseer ingresos mensuales fijos de US$ 500.00 por cada acompañante.

Requisitos:

Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse siguiendo este enlace

  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Documento que compruebe tener un ingreso mensual por concepto de renta o jubilación equivalente a $1,200 generados fuera del territorio venezolano y de $500 adicionales por cada acompañante.
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.
  • Demostración fehaciente del ingreso mensual y del vínculo familiar cuando viaje acompañado, a través de documentos emitidos por las autoridades locales.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

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Visa Transeúnte Estudiantil 

Se otorgará a personas no migrantes, que deseen ingresar al país para realizar estudios superiores técnicos o universitarios, de especialización o para realizar pasantías en su especialidad. La visa de Transeúnte Estudiante se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, con igual término de permanencia, y podrá ser prorrogado a juicio del Ministerio del Interior y Justicia, previa constancia de continuación de estudios.

Requisitos:

Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse a letra imprenta siguiendo este enlace

  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Carta o Constancia de solicitud de la institución que lo avala, indicando los medios económicos de que dispondrá el estudiante en territorio venezolano.
  • Constancia de aceptación del instituto educativo donde realizará los estudios o de la empresa donde efectuará la pasantía.
  • Exhibición de títulos y/o constancias de estudios.
  • Una declaración escrita donde el solicitante se compromete a no realizar actividades lucrativas en Venezuela.
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

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Visa Transeúnte Familiar Venezolano 

Se otorgará al cónyuge del venezolano(a), siempre que el matrimonio se hubiere celebrado en el extranjero e inscrito ante la oficia consular venezolana, a los hijos menores de 18 años de edad, no emancipados, a los progenitores y padres políticos previa comprobación fehaciente del vínculo familiar. Para el otorgamiento de este visado el grupo familiar deberá viajar junto con el ciudadano venezolano(a) a domiciliarse en el país.

Tendrá una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, sin límite de permanencia. Vencido dicho término el interesado podrá solicitar en el país la prórroga.

Requisitos:

  • Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse en letra imprenta siguiendo este enlace
  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Nexos Familiares:
  • Presentar partida de nacimiento de los hijos.
  • Presentar partida de nacimiento del ciudadano venezolano si va acompañado de sus progenitores.

En el caso de vínculo por afinidad:

  • Partida de nacimiento del cónyuge extranjero si va acompañado de los padres políticos. Pasaje confirmado de todos los miembros de la familia que se domiciliaran en el país.
  • Pasaje confirmado de todos los miembros de la familia que se domiciliaran en el país.
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

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¡ATENCIÓN!

Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), comunica que en su calidad de órgano rector en materia migratoria, ha decidido autorizar la emisión de visas transeúnte familiar venezolano (TR-FV), sin que ello obste el lugar de celebración del matrimonio, lo cual por extensión, es aplicable a las uniones conyugales realizadas en el territorio nacional.


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Visa Transeúnte Familiar  

Se otorgará al cónyuge e hijos menores de 18 años de edad, no emancipados, a los progenitores y padres políticos, previa comprobación fehaciente del vinculo familiar, de dependencia económica a solicitud de los titulares de los visados de transeúnte inversionista, transeúnte empresario, transeúnte rentista, transeúnte estudiante y laboral.

Requisitos:

  • Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse siguiendo este enlace
  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Comprobar los nexos familiares a través de documentación fehaciente (partida de nacimiento, matrimonio, etc.)
  • Demostrar la dependencia económica a través de solicitud de los titulares que están solicitantes se transeúnte inversionista, empresario, rentista, estudiante y laboral.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

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Visa Transeúnte Religioso 

Se otorgará a representantes de cualquier religión, no migrantes, cuando vengan a Venezuela en actividades de carácter religioso, diferentes al turismo. La visa de Transeúnte Religioso se otorgará previa aprobación del Ministerio de Interior y Justicia, con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá permanecer en el país por un lapso de un año, prorrogable por igual término por el Ministerio del Interior y Justicia

Requisitos:

  • Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse siguiendo este enlace
  • El interesado presentará por escrito una solicitud formulada por el responsable de la Congregación, indicando religión, culto o cualquier actividad afín, que realizará el interesado, tiempo de permanencia y dirección en la República Bolivariana de Venezuela.
  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Presentar por escrito solicitud formulada por el responsable de la congregación, indicando religión, culto o cualquier otra actividad afín, que realizará el interesado, tiempo de permanencia y dirección en Venezuela.
  • Carta de antecedentes penales
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

El funcionario consular deberá solicitar, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección General Sectorial de Relaciones Consulares, la conformidad del Ministerio del Interior y Justicia, aportando los datos siguientes: nombres y apellidos; fecha y lugar de nacimiento; número, fecha de expedición y expiración del pasaporte; religión o culto; fecha de ingreso; tiempo de permanencia y dirección en Venezuela del interesado.

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Visa Transeúnte de Reingreso 

La visa de Transeúnte Reingreso se otorgará por seis (6) meses, una sola entrada, y se le estampará el número de Cédula de Identidad que posea el titular en Venezuela. Se exceptúa el menor de edad no cedulado.

La visa de Transeúnte reingreso será otorgada por las Secciones Consulares de las Embajadas y Oficinas Consulares de la República a aquellas personas en condición de residente, que no hayan permanecido más de dos (2) años consecutivos en el exterior o no hayan adquirido residencia en otro país, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos.

También será otorgada a quienes se les haya vencido en el exterior la condición de transeúnte concedida por el Ministerio del Interior y Justicia y que no se hubiesen ausentado del territorio venezolano por un período mayor de treinta días (30) días continuos.

De no cumplirse los lapsos indicados o de presentarse otras circunstancias diferentes a las señaladas en los párrafos anteriores, el interesado tendrá que solicitar su reingreso directamente al Ministerio del Interior y Justicia.

Requisitos:

  • Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse a letra imprenta siguiendo este enlace
  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Comprobación de que el solicitante no haya permanecido más de dos (2) años consecutivos en el exterior, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos.
  • No haber adquirido residencia en otro país.
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

Para la solicitud de visa de transeúnte negocio será requisito obligatorio la presencia del solicitante.

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Visa Transeúnte de Empleado Doméstico 

Se otorgará al empleado doméstico(a) de funcionario diplomático, consular o auxiliar de la República acreditado en el exterior o funcionario representante de Venezuela acreditado ante Organismo Internacional, cuando regrese definitivamente al país. La visa Transeúnte Empleado Doméstico(a) se otorgará por un (1) año, múltiples entradas, y permitirá una permanencia por igual período. Podrá ser prorrogado por el mismo lapso por el Ministerio del Interior y Justicia a solicitud del funcionario empleador responsable.

Requisitos:

Presentar la planilla de solicitud de visa la cual puede verse, imprimirse y llenarse a letra imprenta siguiendo este enlace

  • Su pasaporte debe tener por lo menos seis meses de validez.
  • Dos fotografías a color, recientes, tamaño pasaporte y fondo blanco.
  • Resolución de traslado definitivo al país del funcionario diplomático, consular o auxiliar y hará una declaración en la cual se comprometa a sufragar los gastos de repatriación al país de origen, o de residencia si se presentare el caso.
  • Declaración en la que el funcionario se compromete a sufragar los gastos de repatriación al país de origen o de residencia
  • El funcionario diplomático, consular o auxiliar exhibirá la Resolución de su traslado definitivo al país.
  • Depositar la cantidad de $60,00, en la cuenta de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Turquía, una vez sea aprobada la Visa y le sea entregado el comprobante de depósito correspondiente.

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